Herencia Vacante

Descripción del trámite

Es una modalidad de adquisición de bienes por el Fisco, que se concreta en la eventualidad de que no existan herederos tras la muerte de una persona natural (causante), el patrimonio de dicha persona (bienes muebles e inmuebles) pasa al Fisco como último sucesor legal.
El trámite permite acceder a una herencia de una persona fallecida sin herederos, a través de denuncias respecto de ciertos bienes o derechos que le corresponden al Fisco. El beneficio consiste en el pago de un galardón que corresponde al 30% del avalúo fiscal de los bienes denunciados.

¿Cómo y dónde se realiza este trámite?

Para iniciar este trámite el solicitante debe presentar una solicitud, además de la documentación obligatoria exigida por este Servicio.
Este trámite se inicia en cualquiera de las Oficinas de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, ubicadas en cada capital regional, o bien, en las Oficinas Provinciales de Bienes Nacionales, según proceda..

Documentos obligatorios

a) Formulario de denuncia Herencia Vacante.
b) Fotocopia de cédula de identidad del denunciante.
c) Certificado de defunción del causante.
d) Inventario simple de los bienes muebles, especies y/o valores mobiliarios conocidos por el denunciante.
Si hubieren inmuebles en el patrimonio a denunciar:
e) Inscripción de dominio vigente de la propiedad que integra el acervo hereditario del causante.
f) Certificado de avalúo fiscal de la propiedad.
g) Otros documentos donde consten bienes hereditarios denunciados.

Potenciales beneficiarios

Aquellas personas naturales o jurídicas que conozcan y posean antecedentes de bienes o derechos dejados por una persona que haya fallecido sin dejar otros herederos legales.

Costo

No tiene costo

Formulario descargable