Afectación de Inmueble Fiscal

Descripción del trámite

Es un acto por el cual se incorpora al dominio nacional y al uso de todos los habitantes de la nación un inmueble de dominio fiscal. Por este acto, se otorga al terreno afectado la calidad de “bien nacional de uso público”.

¿Cómo y dónde se realiza este trámite?

Este trámite se realiza en forma online en la página web del Ministerio, o de manera presencial en las Oficinas de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, ubicadas en cada capital regional, o bien, en las Oficinas Provinciales de Bienes Nacionales, cuando proceda y según sea la ubicación del inmueble fiscal de su interés.

Documentos obligatorios

Personas Naturales:
a) Fotocopia por ambos lados de la cédula de identidad vigente.
Personas Jurídicas:
a) Fotocopia de la Cédula de Identidad del Representante Legal
b) Copia del RUT de entidad solicitante
c) Decreto de nombramiento de autoridad municipal (Solo obligatorio: si la afectación la solicita un Municipio)
Persona Natural y Jurídica:
a) Proyecto a realizar o fin para que se requiere el terreno con cronograma e indicación de financiamiento
b) Acta del Concejo Municipal con acuerdo respecto de la Afectación.
Importante: dependiendo del caso, el Ministerio de Bienes Nacionales podría solicitar otros antecedentes adicionales que se estimen necesarios para evaluar la solicitud.
Si desea realizar el trámite de forma presencial, debe entregar el “Formulario Solicitud de Propiedad Fiscal” descargable.

Potenciales Beneficiarios.

Toda persona natural o jurídica que cumpla con los requisitos exigidos para su otorgamiento.

Costo

El trámite es completamente gratuito. Sin embargo, el interesado debe asumir los costos asociados a la elaboración del plano respectivo, además de costos de fotocopias u otros documentos que deben gestionarse ante otras instituciones, los cuales son necesarios para la tramitación.

Normativa Asociada

Normas Específicas

1) Arts. 64 y 65 del D.L: 1939, de 1977.

Normas Generales

2) DFL Nº 458 de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones.

3) D.L.Nº 3516, de 1980 (Normas sobre división de predios rústicos).

Formulario descargable
Postulación Online

Usted podrá hacer una solicitud de manera remota adjuntando toda la documentación solicitada, incluido el respectivo formulario debidamente completado,  en el siguiente link:

Solicitud Web

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