Solicitud de Ocupación de Inmuebles Fiscales

Solicitud de Ocupación de Inmuebles Fiscales (D.L. N°1.939)

El otorgamiento de un acta de radicación es un permiso de ocupación de un inmueble fiscal por un período de tiempo determinado y sujeto a ciertas obligaciones de conservación, mantención yo explotación del mismo.  La persona beneficiada por un acta de radicación puede, en forma posterior, ingresar una solicitud de transferencia del predio a título gratuito, la cual será evaluada de conformidad a la disponibilidad del inmueble y a los antecedentes socioeconómicos del solicitante. Cabe destacar que el otorgamiento de un acta de radicación no obliga al Ministerio de Bienes Nacionales a efectuar la posterior transferencia

¿En qué consiste?

El  Procedimiento consiste en presentar una solicitud la cual se ingresa a un sistema informático denominado Registro de la Propiedad Irregular (RPI),  realizándoze luego, un análisis de situación del terreno para determinar si es procedente acoger la solicitud de acta de radicación. Posteriormente se comunica el resultado al solicitante si cumple o no con los requisitos para la obtención del acta de radicación.

¿A quién está dirigido?

Este servicio está dirigido a personas naturales o jurídicas chilenas, que requieran ocupar un inmueble fiscal por un tiempo determinado, en forma tranquila y cumpliendo con las obligaciones de conservación, mantención y/o explotación del inmueble dictaminadas por la Secretaría Ministerial de Bienes Nacionales de la región respectiva.

Requisitos

-Nacionalidad Chilena.
-Justificar con antecedentes suficientes que ameriten la radicación en el inmueble.

Documentos requeridos

Todo antecedente que sirva de fundamento para el análisis de la solicitud, por ejemplo, tiempo de ocupación, el no tener el solicitante o su cónyuge un inmueble inscrito a su nombre, encontrase encuestado y con puntaje de la Ficha de Protección Social y una breve reseña escrita de las razones que ameritan el otorgamiento de un acta de radicación.

Costo del trámite

El procedimiento no tiene costo para el solicitante.

¿Dónde se realiza?

La solicitud debe ser presentada en la Secretaría Regional Ministerial u Oficina Provincial de Bienes Nacionales que corresponda a la ubicación del inmueble, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.

Tiempo de realización

No tiene tiempo asociado.

Oficinas a lo largo del país

Antecedentes Legales

– Decreto Ley N° 1.939/77

Flujo del Procedimiento

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