08 de Agosto de 2018
Bienes Nacionales lanza “Operación Rescate” tras detectar 13 mil ocupaciones ilegales o irregulares

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El Ministerio de Bienes Nacionales detectó que, en todo Chile, hay un total de 13.018 ocupaciones ilegales o irregulares. Ante esto, inició la “Operación Rescate”, que consistirá en un plan de fiscalización nacional y recuperación de inmuebles.

A nivel nacional, los inmuebles en situación de ocupación ilegal o irregular representan 33.404 hectáreas, lo cual, según estimaciones preliminares realizadas por el Ministerio de Bienes Nacionales, corresponde a US$1.500 millones. Sólo en la RM, las 1.381 ocupaciones representan una superficie de 1.011 hectáreas, equivalente a un avalúo fiscal US$507 millones.

“Estos números son inaceptables. Lamentablemente esto ocurre hace demasiado tiempo, y no estoy dispuesto a que estas propiedades, que pertenecen a todos los chilenos, sigan siendo mal utilizadas”, aseguró el ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward.

El lanzamiento del programa, del que participó la subsecretaria Alejandra Bravo y la Seremi Magaly Romero, se realizó en un inmueble fiscal entregado a la Asociación de Guías y Scouts de Chile que ha sido un caso ejemplar de buen uso y cuidado: “Este inmueble da cuenta de una buena gestión en materia de rescate. Esto estuvo ocupado por personas en forma irregular, que hacían incendios incluso con las maderas que son muy antiguas que eran parte del piso de la casa, y actualmente el inmueble está en condiciones maravillosas a cargo de la Asociación”, afirmó la autoridad ministerial.

La mayoría de los casos de ocupación a nivel nacional se trata de ocupación ilegal (75,8%). La región con más ocupaciones ilegales e irregulares es Antofagasta, con 5.863 ocupaciones (representando un 45% del total), seguida por Atacama (22,7% del total nacional) y la Región Metropolitana (10,6% del total).

La ocupación irregular e ilegal corresponde al uso que una persona natural o jurídica hace de un inmueble sin que exista un acto administrativo de por medio (sin autorización), ya sea arriendo, concesión, venta u otro, causando un perjuicio al fisco no sólo económico, sino también de ordenamiento, seguridad, etcétera. En el primer caso (irregular), en algún momento existió un acto administrativo (contrato) con Bienes Nacionales, sin embargo, este venció sin que el inmueble haya sido devuelto, o está en impago. En cambio, las ocupaciones ilegales son aquellas donde derechamente nunca existió un contrato con el Estado.

Los inmuebles que son recuperados, son vendidos vía licitación u otro mecanismo, o bien son reasignados vía concesión a organizaciones sociales u otros organismos del Estado para necesidades estatales, o dispuestos para arriendo. “El Presidente de la República también nos ha pedido que dentro de los criterios, el primero sea entregar estos inmuebles a instituciones del Estado que puedan darle un buen uso, como por ejemplo jardines infantiles, a propósito de la firma del Proyecto de Ley de Sala Cuna Universal”, agrega la subsecretaria.

“Estos inmuebles pueden servir para hacer frente a la gran cantidad de solicitudes que tenemos por parte de diversas organizaciones. Actualmente tenemos un promedio de 517 solicitudes mensuales de inmuebles fiscales al Ministerio de Bienes Nacionales, principalmente en la región de Antofagasta, Tarapacá y Región Metropolitana”, sostuvo el ministro Ward.

En la ocasión, la Seremi señaló que “desde que asumió el Gobierno, como Ministerio hemos iniciado una serie de fiscalizaciones para terminar con las ocupaciones ilegales e irregulares, un trabajo que hemos estado realizando desde la Seremi, y que pronto contará con el apoyo de organizaciones externas que colaboraran con el proceso de levantamiento y fiscalización de cada uno de los inmuebles en la Región Metropolitana”.

¿Qué pasa con los ocupantes ilegales e irregulares?

Si se trata de una ocupación ilegal, se procede al desalojo, que se pide al gobernador respectivo, en virtud de las facultades establecidas en la ley de gobiernos regionales. En caso de que sea irregular, dependerá del acto administrativo: en algunos casos hay multas por el atraso, y eso está regulado en cada uno de los actos administrativos: multa, término del contrato, entre otros, sin perjuicio del envío al Consejo de Defensa del Estado, para iniciar las demandas respectivas respecto de las indemnizaciones que procedan y desalojo en caso de no arribar a acuerdo. En el caso de las ocupaciones irregulares se le puede dar la oportunidad de regularizar.

Los inmuebles fiscales, desde hoy, tendrán una placa identificable desde la calle, para que los ciudadanos puedan corroborar la propiedad a través de un código QR.