“Las playas son tuyas todo el año”

INFÓRMANOS 


Al pulsar Aquí, será redireccionado al formulario de denuncia, el cual resguarda sus datos personales, quedando prohibida su divulgación.


Información General

Todas las personas en Chile tienen derecho a acceder a playas de mar, río o lago puesto que son bienes nacionales de uso público.

Según la ley, los propietarios de terrenos colindantes a éstos deberán facilitar gratuitamente el acceso a las personas, para fines turísticos y de pesca cuando no existan otras vías o caminos públicos.

Marco Legal

Preguntas frecuentes

¿Qué puedo denunciar aquí?

Ejemplos de denuncias admisibles, para playas de mar, ríos y lagos:

  • Acceso cerrado
  • Cobro por acceso
  • Control de acceso
  • Mala condición de camino
  • Sin acceso
  • Un tercero impide el acceso

Ejemplos de denuncias que no son admisibles:

  • Cobro por estacionamiento
  • Construcción en la playa
  • Ingreso de automóvil en la playa
  • Ruidos molestos (fiestas)
  • Basura en la playa

¿Quiénes pueden denunciar?

Personas naturales y/o jurídicas que se sientan vulneradas en su derecho de acceder a playas de mar, ríos o lagos, con fines turísticos y/o de pesca, cuando no existan otros accesos cercanos.

¿Cuándo se debe denunciar?

El trámite se puede realizar durante todo el año.

¿Cómo denunciar?

Ingresa los antecedentes en el  formulario de denuncia y tu solicitud llegará a la Secretaría Regional Ministerial respectiva, donde ponderarán los antecedentes, para verificar si corresponde iniciar un procedimiento de fijación de acceso.

Todas las denuncias ingresan a un registro nacional, para asegurar su control y seguimiento.

Respuestas

Todas las denuncias serán respondidas mediante un oficio que será comunicado a través de correo electrónico.

Las respuestas serán enviadas según corresponda, cuando:

  1. Se publique en el Diario Oficial la resolución que fije un acceso en el lugar denunciado.
  2. En caso de término anticipado de la denuncia, producto de ser declarada inadmisible, improcedente o por desistimiento (cuando no se responde una solicitud de enviar mayores antecedentes). En estas circunstancias, siempre se informará las razones para ponerle término.