Preguntas relevantes sobre el procedimiento de “Regularización de Títulos de Emergencia”
En junio de 2023, seis regiones del país sufrieron considerables daños provocados por el sistema frontal. Para enfrentar esta situación el Gobierno dispuso un plan de reconstrucción para las regiones de Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble y Biobío, en el cual el Ministerio de Bienes Nacionales tiene la tarea y compromiso de agilizar la tramitación de los títulos de dominio de las personas damnificadas.
Para cumplir este objetivo y ayudar a la población, presentamos este cuestionario para aclarar todas las dudas de este trámite, como también para evitar posibles engaños o estafas por desconocimiento.
Es el documento que acredita que una persona es propietaria de un terreno. Permite acceder a diversos beneficios sociales que entrega el Estado, como subsidios habitacionales, de agua potable y alcantarillado, además de pavimentación de calles y casetas sanitarias, entre otros.
Esta regularización implica seguridad respecto a la calidad de dueño o dueña, ingresa al patrimonio la casa y/o terreno y posibilita el acceso a créditos estatales o bancarios, indemnización por expropiación, la posibilidad de -en caso de fallecimiento– dejar el terreno y/o casa en que vive a sus herederos, y el acceso a diversos beneficios sociales entregados por el Estado.
Es el trámite que se realiza ante el Ministerio de Bienes Nacionales para que una persona adquiera legalmente la propiedad del terreno o casa en donde vive.
Los jefes/as de hogar que no posean título de dominio de la propiedad del terreno o casa en donde vive, y que tengan un daño acreditado en Ficha FIBE.
Para las solicitudes de regularización de títulos de dominio que fueron afectados por los sistemas frontales, el plazo de postulación se extiende hasta el 30 de noviembre de 2023. Aquellos/as que se vieron afectados por los incendios, el plazo de cierre será el 15 de septiembre de 2023.
Sí puede, toda vez que para ser beneficiario del Saneamiento del Dominio de Emergencia basta contar con un daño acreditado en la Ficha FIBE.
- Tener posesión material, continua y exclusiva de la propiedad, por al menos cinco años previos a la presentación de la solicitud, y que no existan problemas con sus límites (deslindes).
- No tener juicio pendiente con personas que discutan la posesión de la propiedad.
- El valor del terreno y todo lo que contiene debe tener un avalúo fiscal inferior a 800 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) ($49.960.000, conforme a marzo de 2023) si es rural, y a 380 UTM ($23.731.000, conforme la UTM de marzo de 2023) si es urbano.
- Los límites del terreno deben estar claros y ser aceptados por los vecinos.
- Haber realizado arreglos en el terreno, como instalación de servicios, corte de maderas, plantaciones, siembras y otras mejoras.
- Ingresa la solicitud en la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales o en la Oficina Provincial que corresponda.
- El Ministerio de Bienes Nacionales procede al análisis jurídico de la documentación, para determinar su admisibilidad y cumplimiento de requisitos legales.
- Un técnico del Ministerio de Bienes Nacionales visita el inmueble.
- El Ministerio de Bienes Nacionales notifica a presuntos propietarios, a quienes se da oportunidad a reclamar la propiedad, en el caso que tenga un legítimo derecho.
- Cumplidas las etapas anteriores, el Ministerio de Bienes Nacionales ordena dos publicaciones de un extracto un diario o periódico de la región, además de la instalación de carteles en inmueble a regularizar y otros lugares públicos.
- Si alguien presenta una oposición al procedimiento, asegurando que tiene mejores derechos sobre la propiedad, el Ministerio de Bienes Nacionales enviará el expediente a los tribunales civiles respectivos, para que resuelvan.
- Si en un plazo de 60 días hábiles, desde la publicación del último aviso, no se presenta ninguna oposición, se dicta la resolución final que otorga el Título de Dominio para su inscripción en el Conservador de Bienes Raíces a favor del solicitante.
- Entrega del Título de Dominio.
- Obligatorios: esenciales para la tramitación del procedimiento de regularización.
- Formularios de Solicitud de Regularización (N°1), Declaración Jurada (N°2), Declaración de Vecinos, Colindantes o Testigos (N°3) y Croquis de Ubicación (N°4), todos disponibles en bienesnacionales.cl
- Certificado de Informaciones Previas con fines para la regularización, emitido por la Dirección de Obras Municipales de la municipalidad respectiva.
- Certificado de Litigios del Conservador de Bienes Raíces correspondiente.
- Poder o mandato suscrito ante notario si realiza la presentación a través de un representante legal.
- Necesarios: para complementar el expediente.
- Inscripción de Dominio, cuando exista u sea conocida.
- Certificado de Residencia, entregado por la Junta de Vecinos o quien corresponda.
- Certificado de Avalúo Fiscal Simple del Servicio de Impuestos Internos.
- Copia de Cédula de Identidad del solicitante, por ambos lados.
- Certificado de Número, expedido por la municipalidad correspondiente, en caso de inmuebles urbanos.
- Documentos, ya sean copias u originales, que permitan acreditar de alguna manera, el origen de la posesión material (contrato de compraventa, donación, testamento y otros); y que se ha mantenido por más de cinco años (boletas, recibos, fotografías, pago de contribuciones, etc.).
- Adicionales: otros documentos útiles para una mejor preparación del expediente (no son obligatorios).
- Certificado de nacimiento, matrimonio o defunción de familiares.
- Reconocimiento de posesión de otros copropietarios o coherederos en el caso de proceder. Lo que se puede realizar mediante declaración jurada de terceros ante un notario.
- Certificado de Riesgos, el cual se obtiene en la Dirección de Obras Municipales.
- Certificado de no Expropiación, que se obtiene en la Dirección de Obras Municipales.
- Certificado de Ruralidad, que lo entrega la Dirección de Obras Municipales.
Los documentos deben ser presentados en la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de cada región u Oficina Provincial donde se ubique el inmueble a regularizar y que sean parte del Plan de Reconstrucción.
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- Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Ñuble
- Dirección: Yerbas Buenas n°540, Chillán.
- Teléfonos: (42) 2500479 / (42) 2500461 / (42) 2500475.
- E-mail: nuble@mbienes.cl
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:30 a 13:30 hrs.
- Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Ñuble
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- Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Biobío
- Dirección: Aníbal Pinto 444, local 13, Concepción.
- Teléfonos: (41) 210 6300 / (41) 210 6337 / (41) 210 6348.
- E-mail: biobio@mbienes.cl
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:30 a 13:30 hrs.
- Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de Biobío
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- Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Araucanía
- Dirección: Arturo Prat 535, Temuco.
- Teléfonos: (45) 299 6386 / (45) 299 6385 / (45) 299 6399.
- E-mail: araucania@mbienes.cl
- Horario de atención: lunes a viernes de 08:30 a 14:00 hrs.
- Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Araucanía
El trámite será gratuito.
No. Debe realizarse siempre de manera presencial en la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de cada región u Oficina Provincial donde se ubique el inmueble a regularizar (ver respuesta a pregunta 10).
No requiere de abogado. La persona solo necesita presentar los documentos requeridos. Todo el resto del proceso lo realiza el Ministerio de Bienes Nacionales.
Desde la inscripción del Título de Dominio no se podrán establecer hipotecas, prohibiciones u otro tipo de gravámenes durante los dos años siguientes, ni tampoco se podrá donar o vender el inmueble por un plazo de cinco años.
Si la regularización la realiza una mujer, la propiedad quedará a su nombre como parte de su patrimonio y el de sus hijas o hijos, incluso si está casada en sociedad conyugal. Será siempre de su propiedad, independiente de si posteriormente hay una separación o divorcio.
Consultas:
Para mayor información, llame a la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales en donde se ubique el inmueble a regularizar y que sean parte del Plan de Reconstrucción. Además, se puede consultar al teléfono 800 104 559 del Sistema de Información y Atención Ciudadana (SIAC) del Ministerio de Bienes Nacionales. Correo electrónico: consultas@mbienes.cl