23 de Abril de 2019
Ministro Ward presenta denuncia por amenazas, desacato y eventual porte ilegal de armas por caso Playa Mónaco

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Hasta la Fiscalía llegó el ministro de Bienes Nacionales, Felipe Ward, y la subsecretaria de la cartera, Alejandra Bravo, para presentar una denuncia tras conocerse un nuevo bloqueo del acceso a la playa Mónaco en la región de O’Higgins.

“Esta denuncia es por amenazas, desacato y por eventual porte o tenencia ilegal de armas. Nos parece necesario hacerlo. El video que todos conocieron el fin de semana da cuenta de una respuesta violenta, de una persona que dice ser dueño de un lugar pero que no lo es”, aseguró el ministro Ward. “Acá hay un decreto fijado por un intendente en 1984, (que determina ese camino) como un acceso público a una playa. Además, hay reincidencia en una conducta que es ilegal”.

El secretario de Estado informó que a esto se suman otras acciones que llevará adelante el ministerio, entre ellas la entrega de los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para la presentación de un recurso de protección por vulneración de garantías constitucionales; la solicitud al Juzgado de Policía Local de Pichilemu para que sancione al infractor como reincidente; y la presentación de un escrito a la Corte de Apelaciones de Rancagua que da cuenta del desacato de mantener abierto y disponible un acceso a la playa.

“Ese camino sigue siendo un acceso público y si bien existe una discusión en torno a si es peatonal o vehicular, la Ley señala que el acceso tiene que ser fijado de forma prudencial por el Intendente. En este caso hablamos de un acceso de más de diez kilómetros; para un adulto mayor ¿es posible ingresar caminando? Lo dudo. Por eso, si es necesario tener una resolución complementaria, el día de mañana, que certifique que este también es un acceso vehicular, así será”, recalcó el ministro Ward.

Por su parte, la subsecretaria Alejandra Bravo recalcó que “lo que nos preocupa es que a raíz de las personas que no quieren cumplir con la ley -como todo chileno debe cumplir- ciudadanos sufran un riesgo en su vida por amenazas por un porte de arma y nos preocupa por quienes quieren ingresar a las playas y por los funcionarios públicos que tienen que fiscalizar cada una de las denuncias que nos llegan”.

Presentaciones del ministerio ante la Justicia

Presentación de denuncia en Fiscalía:

La presentación de la denuncia se basa en diversos delitos que podrían configurarse. En primer lugar, el delito de amenaza consagrado en el artículo 296° del Código Penal, en razón de la conducta violenta y amenazante de los denunciados. En segundo lugar, el delito de desacato contemplado en el artículo 240° del Código de Procedimiento Civil, por haber incumplido las resoluciones judiciales de la Corte de Apelaciones de Rancagua que rechazaron las órdenes de no innovar solicitadas en el marco de los recursos de protección actualmente en trámite; y, finalmente, delito de uso, porte o tenencia ilegal de armas, consagrado en la Ley N°17.798, sobre control de armas.

Solicitud a Fiscalía de diligencias para prohibir porte de arma de fuego

Considerando la gravedad de las amenazas sufridas por la familia Jiménez, se solicita disponer la medida cautelar contemplada en el artículo 155° del Código Procesal Penal, correspondiente a la prohibición de poseer, tener o portar armas de fuego, municiones o cartuchos. El Ministerio busca proteger a quienes intenten acceder a la playa a través de la vía fijada mediante la RE N°5/84.

Solicitud ante juzgado de policía local de sanción como reincidente

Existiendo actualmente cinco denuncias por incumplimiento al art. 13 del DL 1939, se solicitará al Juzgado de Policía Local de Pichilemu que el infractor sea sancionado como reincidente, de modo de duplicar la multa aplicable.

Solicitud a la Corte de Apelaciones de Rancagua

Presentación de un escrito ante la I. Corte de Apelaciones de Rancagua que da cuenta del desacato de los recurrentes a mantener abierto y disponible al público el camino de acceso a la Playa, ubicada en la comuna de Pichilemu.

La fuente del desacato se desprende de las resoluciones que rechazaron las solicitudes de orden de no innovar solicitadas en dos recursos de protección. Ambas resoluciones reconocen la vigencia de la Resolución N° 5/1984 del Ministerio de Bienes Nacionales, que dispuso y singularizó los accesos a las playas de mar en la provincia Cardenal Caro.